¿Se aplica la Ley de Consumidores y Usuarios a un farmacéutico, en un juicio respecto a la formalización de sus préstamos con una entidad financiera, para la compra de su oficina de farmacia? J.V. (Murcia).

Entendemos que no. Un farmacéutico, cuando está tramitando un préstamo para la adquisición de su oficina de farmacia o por algo en relación con su actividad, está operando más como profesional o como empresario y la Ley de Consumidores y Usuarios está prevista para ser aplicada y proteger especialmente a todas aquellas personas que operan, precisamente, en ámbitos ajenos a su profesión, a su industria o a su oficio. Por lo tanto, pensamos que no.

Otra cosa sería si este farmacéutico que está formalizando un préstamo para adquirir la farmacia lo estuviera haciendo para adquirir una vivienda o, por ejemplo, hipotecando su vivienda en garantía del préstamo que solicita un familiar o un conocido. En ese caso sí que sería un consumidor, de la misma manera que podría serlo si acude a una zapatería o a una librería y adquiriera un producto en esas tiendas. Ahí, al estar al margen de su actividad empresarial o profesional, sí que sería un consumidor y podría alegar la especial protección que la normativa de consumidores y usuarios pone a su disposición.

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