Adaptabilidad al entorno

Como suele ocurrir en el ámbito normativo tributario, los últimos días del año suelen traer bajo el brazo la «hoja de ruta» del siguiente ejercicio. En el caso que nos ocupa, fue precisamente el pasado 28 de diciembre de 2012, cuando se publico en el Boletín Oficial del Estado la «Ley 16/2012, de 27 de diciembre por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica».

Dentro de las numerosas páginas del texto normativo, concentraré el análisis en la ampliación al ejercicio 2013 de la reducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del 20% del rendimiento neto positivo por mantenimiento o creación de empleo (Artículo 5. Sección 1.ª. Página 88.108. http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/28/).

El hecho en cuestión es que se repite para 2013 la misma mecánica legislativa practicada el pasado año, donde la antes mencionada reducción, aprobada inicialmente para los ejercicios 2009, 2010 y 2011, prorrogaba su aplicación al pasado ejercicio 2012 (es decir, que cuando las oficinas de farmacia presenten su próxima declaración de renta 2012, en los meses de mayo y junio de 2013, recuerden chequear la aplicación de este incentivo fiscal).

Probablemente, el lector pueda preguntarse qué tiene que ver el titular de este artículo con el hecho mencionado en el párrafo anterior. Pues, vamos a ello.

Considero un acierto pleno el mantenimiento de este incentivo fiscal de una forma coyuntural durante una serie de ejercicios en los que lamentablemente la crisis económica azota el tejido empresarial de nuestro país, incluidas las oficinas de farmacia. Pero... recordemos el texto normativo, que, tanto en su redacción inicial como en sus dos prórrogas sucesivas, condiciona la aplicación de la reducción impositiva:

«...se entenderá que el contribuyente mantiene o crea empleo cuando en cada uno de los citados periodos impositivos la plantilla media utilizada en el conjunto de sus actividades económicas no sea inferior a la unidad y a la plantilla media del periodo impositivo 2008...»

Y ahora llega mi crítica: ¿qué oficina de farmacia (resto de pymes) mantiene en 2013 el mismo promedio de plantilla que en... 2008?

Los medios de comunicación, a diario desde hace bastantes años, nos sacuden mensualmente con informaciones relacionadas con el nivel de desempleo en nuestro país. Pero es que, además, durante el pasado ejercicio 2012 el incremento del paro registrado ha sido una tendencia latente que ha alcanzado cotas máximas. Es un hecho contrastado que los asesores empresariales hemos incluido dentro de nuestros quehaceres diarios la elaboración de informes económicos que objetiven reestructuraciones de plantillas de numerosas farmacias españolas.

¿No hubiera sido más coherente mantener el incentivo de la reducción del 20%, comparándolo con un año más cercano, por ejemplo el año anterior a la aplicación del incentivo? La aplicación de forma concreta en nuestras estadísticas del despacho ha ido mermando progresivamente en los últimos años, fruto de los reajustes antes mencionados en las estructuras laborales de las farmacias.

No olvidemos que en 2012 y 2013 los contribuyentes por el IRPF sufrirán un incremento impositivo que les afectará en su base general entre el 0,75% y el 7%, dependiendo de su renta. Esto quiere decir que pese a la reducción de beneficios que tendrán la mayoría de farmacias en 2012, su tributación seguramente no bajará por el alza antes mencionada. Y para colmo muchas de ellas (las que no hayan podido mantener el promedio de plantilla de 2008) no podrán aplicar la reducción del 20% que tratamos en este artículo.

Horizonte duro al que se enfrentarán las oficinas de farmacia cuando en los próximos meses de mayo y junio de 2013 presenten unas declaraciones de renta en las que, por los efectos comentados en el párrafo anterior, «pagarán bastante más a Hacienda».

Por otro lado, y como ya hemos comentado en anteriores ocasiones, rescindir la aplicación del incentivo únicamente a farmacias con promedio 1 o superior, lo consideramos una injusticia fiscal, que afecta a muchas oficinas de farmacia que «a duras penas» lo máximo que pueden es contratar una persona con contrato parcial (no llegando al «1» legislativamente aprobado). El mundo rural está lleno de ejemplos de este caso. Incongruente situación sin duda.

En definitiva, una mayor «adaptabilidad» de la normativa fiscal al entorno laboral sería muy bienvenida por numerosas farmacias y resto de pymes. Y desde luego cuando «pintan bastos» como en el momento actual (subida IRPF 2012 y 2013), es cuando todavía es más necesario el sentido común... fiscal.