El Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia informa que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado Auto, de fecha 19 de febrero de 2015, por el que declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la Generalitat Valenciana contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 1 de Valencia, de fecha 13 de octubre de 2014 (Procedimiento Ordinario 520/2014), en la que se aceptaron todas las pretensiones de los farmacéuticos y condenaron a la Generalitat al pago de los intereses de demora solicitados, así como al pago de los intereses de los intereses que se reclamaron, correspondientes al año 2012.
«Consulta de gestión patrimonial» es una sección dedicada a contestar preguntas que el farmacéutico se plantea diariamente sobre la gestión de su patrimonio.
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