El quince de diciembre de dos mil dieciséis el Tribunal Constitucional dictó sentencia desestimatoria sobre el recurso 4539-2012 interpuesto por el presidente del Gobierno de España contra el Decreto-Ley 3/2011 de la Junta de Andalucía.
El Tribunal Constitucional ha respaldado por segunda vez la selección pública de medicamentos de Andalucía (subasta). La sentencia, recibida ayer, «desestima conflicto positivo de competencia» y tumba así los dos recursos interpuestos ante el Alto Tribunal por el Gobierno de España a esta medida de eficiencia y sostenibilidad del sistema sanitario público andaluz sin mermar la calidad del servicio a los ciudadanos.
La Asociación Española de Medicamentos Genéricos (AESEG) considera que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ante el recurso interpuesto por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad contra el artículo 1 del Decreto de Ley aprobado por la Junta de Andalucía en diciembre de 2011 con medidas urgentes sobre prestación farmacéutica del sistema sanitario público que regulan en la práctica la selección pública de medicamentos en la comunidad autónoma (sistema de subasta de medicamentos) aclara una cuestión normativa de competencias entre administraciones (central y autonómica) pero, en ningún caso, resuelve el problema operativo de gestión que representa el sistema andaluz de subasta de medicamentos: el desabastecimiento de fármacos.
Ante la información dada a conocer hoy sobre la decisión del Tribunal Constitucional que avala la selección pública de medicamentos andaluza, al considerar que no invade competencias de ámbito estatal, la Consejería de Salud ha hecho pública una nota en la que afirma que «Andalucía valora positivamente esta decisión de los miembros del Tribunal Constitucional, si bien aún no ha sido notificada de forma oficial a la Administración autonómica».
Hace unos meses (concretamente a primeros de año) comenté el pronunciamiento de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC) acerca del Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales (LSCP).
El Tribunal Constitucional (TC) decidió ayer mantener otros cinco meses la suspensión cautelar del pago de un euro por receta en Cataluña, por lo que la Generalitat seguirá sin poder cobrar la tasa recurrida por el Gobierno central.