Después de la tensa espera del pasado año 2015, donde, in extremis, se consiguió, a instancias del Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, la emisión por parte de la Dirección General de Tributos (DGT) de la consulta V4142-15, que determinaba la tributación definitiva de las copropiedades de farmacia, nos encontramos con la segunda vinculante ya durante el primer trimestre de 2016, que refrenda lo manifestado en diciembre, pero bajando a un caso práctico concreto.
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