Los consejos generales de colegios de médicos (CGCOM) y de farmacéuticos (CGCOF) se reunieron ayer para avanzar en la creación de un código que garantizará la autenticidad de la receta médica privada en soporte papel y, por tanto, la seguridad para los pacientes.
Los colegios de Farmacéuticos y de Médicos de Sevilla han elaborado una hoja informativa en la que se resumen las garantías de la receta médica privada. El contenido de esta hoja es puramente gráfico y será distribuida en las farmacias a aquellos pacientes con un receta privada que no cumpla los requisitos para ser válida.
Motivo de interés
Aunque la receta médica es uno de los documentos que con mayor frecuencia se emiten en la clínica privada, es muy habitual que no se cumplimente correctamente.
El 21 de enero de 2011 entró en vigor el R.D. 1.718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación1. Entre otras medidas, vino a regular la receta privada tanto en soporte papel como en soporte electrónico. En su disposición transitoria segunda, que se refiere al plazo de adaptación de recetas médicas, dice: «A partir de la entrada en vigor de este real decreto, durante un plazo de 24 meses podrán coexistir las recetas médicas que se ajusten a lo que indica este Real Decreto con las vigentes en el momento de su publicación. Una vez transcurrido el citado periodo, únicamente tendrán validez las recetas médicas que se adapten a lo dispuesto en esta norma».
A partir del 21 de enero entrará en vigor el nuevo modelo de receta médica privada tanto en soporte papel como electrónico. Esta nueva receta incorpora nuevas medidas de seguridad, como el código de barras, que garantizan su autenticidad, la identidad del prescriptor y su habilitación para el ejercicio profesional.
La Asamblea General de la Organización Médica Colegial ha aprobado, en su reunión del pasado fin de semana, el procedimiento homogéneo para garantizar la autenticidad y la máxima seguridad de la receta médica privada, que entrará en vigor en enero de 2013, según lo establecido en el Real Decreto 1718/2010 sobre Receta Médica y Órdenes de Dispensación. Este Decreto atribuye al Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) las competencias sobre receta médica privada y le responsabiliza de la edición, gestión, control e inspección de la misma.
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