Vamos a abordar en este artículo de qué modo afecta a la oficina de farmacia el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos).
El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos acaba de publicar una Guía práctica de aplicación del reglamento europeo de protección de datos, dirigida a la organización farmacéutica colegial, oficinas de farmacia y otros establecimientos o centros sanitarios (ópticas, ortopedias, laboratorios de análisis clínicos, etc.).
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que comenzará a aplicarse a partir del próximo 25 de mayo, con importantes novedades en materia de privacidad de los datos personales, genera dudas a los titulares de oficina de farmacia. La manera en la que cada una de las nuevas disposiciones afectará al día a día de la farmacia es una cuestión que preocupa a los farmacéuticos.
Los colectivos de profesionales de la sanidad conocen en términos generales los aspectos básicos de la normativa regulatoria de protección de datos, pero suele registrarse un reducido nivel de sensibilización respecto a éstos.Quizás entiendan que, como establecimientos sanitarios integrados por personas en régimen de confianza, puedan bajar la guardia en cuanto a su cumplimiento normativo, pero lo cierto es que, como responsables del tratamiento de datos sanitarios, dicha idea resulta equivocada.
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