El cuidado de las mascotas sigue tendencias muy similares a las de la salud humana, como el autocuidado, la estética o los nutracéuticos, lo que está abriendo nuevas oportunidades para el farmacéutico en la categoría de salud animal, siempre desde la responsabilidad compartida del cuidado y bienestar animal. Así lo puso de manifiesto Jesús González, farmacéutico comunitario en Madrid y experto en salud animal en la farmacia, durante la conferencia “La salud animal en la farmacia: oportunidad y responsabilidad”, celebrada en Infarma Barcelona 2025.

González explicó que  la hora de gestionar esta categoría es importante conocer que también está marcada por la estacionalidad: "Debido al entorno y la evolución de las actividades según el momento del año en salud animal encontramos una estacionalidad como pasa en salud humana”.

Este farmacéútico experto en salud animal, que ha realizado un repaso de los productos más vendidos en esta categoría, señaló que hay un predominio de los tratamientos para resfriados en invierno; los antiparasitarios y productos dermatológicos en primavera; en verano, para los golpes de calor y la deshidratación; y en otoño, destacan las afecciones respiratories y los dolores articulares por el frío, por lo que es importante planificar los stocks adecuadamente.

Histórico propio

Además, González recomendó comenzar con productos “a los que el farmacéutico está más acostumbrado” como los medicamentos veterinarios de prescripción, productos de higiene ocular y ótica, o cuidados para la piel y el pelaje. En una segunda línea, se mencionaron la salud bucodental, complementos alimenticios, antiparasitarios (internos y externos), pipetas, collares y, en menor medida, productos de alimentación.

En cuanto a las tendencias de consumo, el farmacéutico ha terminado destacando que “es importante generar un histórico propio para tomar decisiones basadas en la experiencia y no en listados externos que pueden no aplicar a nuestra realidad”.

Por su parte, Rafael Areñas, vicepresidente 3º del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), señaló que con la Ley de Medicamentos Veterinarios se busca "mejorar el mercado, la fabricación, la importación y la exportación, el suministro, la distribución, la farmacovigilancia, el control y el uso de los medicamentos veterinarios, garantizando al mismo tiempo el más alto nivel de protección de la salud púbica, la sanidad animal y el medio ambiente", luchando así contra las resistencias antimicrobianas.

La línea animal, debido al recimiento tanto en número como en importancia de las mascotas en España, ya era una realidad en las farmacias, pero con la nueva legislación serán los únicos centros autorizados para dispensar medicamentos veterinarios. Un cambio significativo respecto al modelo actual, donde la mayoría de los productos se prescriben y se dispensan en las clínicas veterinarias. Areñas ha destacado la importancia del concepto One Health y cómo las resistencias microbianas en los animales pueden “tener efectos en la salud humana e impactarla de forma mundial con los casos de enfermedades nacidas por zoonosis como el Ébola o la COVID”.

CIMA Vet

También ha intervenido Rubén Quiñoy, Business Development Manager de Metapharmaceutical Industrial y vocal de establecimientos de distribución o dispensación de medicamentos veterinarios del Colegio de Farmacéuticos de A Coruña, que ha explicado el marco legal de la nueva Ley del Medicamento, a través de situaciones concretas para su aplicación en la farmacia, que ha calificado como “un puzle más complejo que el Decreto Ley 666/2023, con distintas legislaciones que hay que tener en cuenta”. Los productos no sujetos a prescripción pueden venderse tanto en oficinas de farmacia como en establecimientos comerciales detallistas (cuarto canal).

Por otro lado, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha introducido CIMA Vet, una herramienta que permite verificar si un medicamento requiere prescripción veterinaria. Respecto a la prescripción excepcional, Quiñoy ha explicado que “el veterinario no tiene libertad de prescripción. Hay muchas herramientas terapéuticas, pero debe seguir una prescripción en cascada”. En primer lugar, debe recetar un medicamento veterinario autorizado para esa especie y esa indicación (prescripción ordinaria); en segundo lugar, un medicamento veterinario para otra especie o indicación; en tercer lugar, un medicamento de uso humano; y, por último, una fórmula magistral.

En esta línea, Quiñoy ha destacado que en el terreno práctico “la sustitución solo se podrá dar en contadas ocasiones”, con la única posibilidad de realizar estos intercambios de medicamentos que estén prescritos en el marco ordinario. Por último, otro aspecto a considerar por parte de Quiñoy es la dispensación fraccionada, ya que “podremos encontrar productos con un packaging preparado para una dispensación fraccionada, con cajas que contienen diez blísteres y diez prospectos, pero que no están indicados para este tipo de dispensación”.
 

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