Esta norma permite crear nuevos conjuntos cuando se cumplen 10 años de la autorización del medicamento en España o en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que exista, al menos, un medicamento financiado en el Sistema Nacional de Salud distinto del original y sus licencias.
El mismo decreto encomienda al Ministerio publicar una orden con periodicidad anual para establecer los nuevos conjuntos de referencia, revisar los ya existentes y, en su caso, suprimir los conjuntos cuando hayan dejado de cumplir los requisitos exigidos para su establecimiento.
En base a lo anterior, la orden publicada hoy:
– Crea 196 nuevos conjuntos de presentaciones de medicamentos que se dispensan en oficinas de farmacia y 166 conjuntos de presentaciones de medicamentos de ámbito hospitalario.
– Revisa los precios de referencia de los conjuntos ya existentes: 197 de medicamentos dispensables en oficinas de farmacia y 50 de ámbito hospitalario.
– Suprime 53 conjuntos de presentaciones de medicamentos: 35 en farmacia y 18 en hospital.
En total, serán revisados los precios de 14.526 presentaciones de medicamentos. De ellas, 11.563 son dispensables en farmacia y 2.963, en hospital.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Socioales e Igualdad estima que el ahorro que se obtendrá con esta Orden será de 43,02 millones de euros en medicamentos dispensados a través de oficinas de farmacia, de los que 5,62 millones de euros repercutirán directamente en los ciudadanos.
Aplicación de los nuevos precios de referencia
El precio de referencia de los conjuntos se calculará en base al menor coste por tratamiento y día de las presentaciones incluidas en cada uno. Es decir, todos los medicamentos del conjunto se financiarán a ese precio, lo que producirá la consiguiente bajada de precios. Para asegurar el abastecimiento de determinados medicamentos y garantizar su permanencia en la prestación farmacéutica del SNS, se han articulado dos mecanismos excepcionales a la regla general de cálculo:
1. Precio de referencia ponderado: se aplica a las presentaciones de medicamentos con dosificaciones especiales, para enfermedades graves o cuyos precios hayan sido revisados en los últimos dos años por falta de rentabilidad por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.
2. Precio de referencia mínimo de cada presentación, fijado en 1,60 euros.
Los plazos de aplicación serán los siguientes:
– Los laboratorios suministrarán las presentaciones de medicamentos a su nuevo precio industrial de referencia, a partir de la fecha de aplicación de la orden, es decir, al día siguiente de su publicación en el BOE.
– Los distribuidores mantendrán el precio de venta del distribuidor anterior a esta reducción durante un plazo de veinte días naturales.
– Las oficinas de farmacia dispensarán al precio de venta al público anterior a esta reducción hasta el último día del primer mes siguiente a la fecha de aplicación de la orden, es decir, hasta el 31 de agosto de 2014.
– Se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones de recetas oficiales al Sistema Nacional de Salud, incluidas las correspondientes a las Mutualidades de funcionarios, cerradas a partir del 1 de septiembre de 2014.