En el mismo comunicado la SEFAR recuerda que, con motivo de la publicación de la nueva escala de deducciones aprobada en el RDL 16/2012, ya emitió una nota de prensa en la que se manifestaba a favor «siempre que se corrigieran algunas deficiencias». Se refería, más concretamente, a que «el tramo de deducción negativa que se aplicaba a las oficinas de farmacia de menor facturación era proporcional a la facturación de las mismas y no inversamente proporcional a ésta, de manera que las oficinas de farmacia de menor facturación recibirían menos retorno económico que el resto de modo que quedarían condenadas a la penuria económica y posible desaparición». La SEFAR presentó entonces un estudio (Análisis Práctico de la Aplicación del RDL 16/2012 en la pequeña Farmacia Rural Española) en el que se abordaba este problema y se adjuntaba una sencilla propuesta que eliminaría este error sin perjudicar a los tramos superiores de facturación. Manifestó, asimismo, que el nuevo tramo de deducción negativa, una vez modificado, «sería, posiblemente, el mayor paso dado nunca desde la Administración para garantizar la pervivencia de la farmacia rural y, por tanto, la adecuada atención sanitaria de toda la ciudadanía con independencia de su lugar de residencia».
Se explica también en el nuevo comunicado que «una de las principales bonanzas de la medida tomada en el RDL 16/2012 radicaba en que era el propio sistema de oficinas de farmacia el que actuaba como regulador de esta situación de desigualdad económica sin tener que recurrir a las ayudas o subvenciones por parte del Estado con el consiguiente coste para el ciudadano. Es decir, las farmacias de mayor facturación por cuestiones de localización (en un modelo restringido de aperturas) eran las encargadas de garantizar la pervivencia de las más pequeñas y, por tanto, de garantizar la capilaridad de la prestación farmacéutica sin considerar, por nuestra parte, que esta medida tuviese un carácter confiscatorio para otras oficinas de farmacia».