Así se explica, al menos, en el Observatorio del Medicamento de FEFE, en el que se añade que esta sentencia, muy bien acogida por todo el sector farmacéutico, establece que solamente el Ministerio de Sanidad es competente para determinar los medicamentos que pueden dispensarse en hospitales por criterios sanitarios.
Para el Observatorio la derivación de medicamentos a hospitales no deja de ser un recurso para dilatar el plazo de pago, provocando un coste mayor y un perjuicio para los pacientes y lo que procede es seguir la doctrina de la sentencia, y que el Ministerio fije mediante una norma de carácter general los medicamentos que deben dispensarse en hospitales, protegiendo así el derecho de los pacientes a obtener la medicación en igualdad de condiciones en todo el Estado.