CofmS31 informa sobre las principales novedades fiscales en la Comunidad de Madrid para 2019

La llegada del nuevo año abre la puerta a cambios fiscales. Por ese motivo, la Consultoría Contable-Fiscal de CofmS31, la sociedad del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM), informó a sus clientes de las principales novedades fiscales que la Comunidad de Madrid ha implementado de cara a 2019. Se trata de modificaciones que tienen que ver con cuestiones que afectan, principalmente, a los impuestos de sucesiones y donaciones; al de transmisiones patrimoniales, al de actos jurídicos documentados y al impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).

En este sentido, en relación con el impuesto de sucesiones y donaciones, desde CofmS31 se señalan las nuevas bonificaciones por consanguinidad para hermanos (15%), tíos y sobrinos (ambos 10%), al tiempo que se mantienen las bonificaciones que ya se aplicaban con anterioridad. Igualmente, con respecto al impuesto de donaciones, los expertos fiscales de la sociedad exponen como novedad para este nuevo ejercicio «la reducción del 100% en la donación dineraria recibida siempre que no se supere el límite máximo de 250.000 euros, computando el conjunto de todas las donaciones realizadas en el plazo de tres años; que los beneficiarios sean abuelos, padres, hijos, cónyuges, nietos y hermanos; que el destino de la donación dineraria sea la adquisición de vivienda habitual, de acciones y participaciones sociales de sociedades de nueva creación o de bienes, servicios y derechos que se afecten al desarrollo de una empresa individual o negocio profesional del donatario; y que el importe donado sea utilizado para tales fines en el plazo de un año».

Otros impuestos que se verán afectados por los cambios en 2019 serán el de transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados. Desde CofmS31 resaltan que para ambos se han establecido bonificaciones del 10% en la cuota de los mismos para la adquisición de la vivienda habitual, «siempre y cuando el comprador sea persona física; el valor del inmueble sea igual o inferior a 250.000 euros, y la vivienda adquirida se habite en el plazo de un año desde su adquisición y durante un periodo continuado de tres años».

Impuesto sobre la renta
Por otro lado, desde el Departamento de Consultoría Contable-Fiscal de CofmS31 también se ha informado sobre las principales novedades que en 2019 se introducirán en el IRPF, como son la deducción del 15% en los gastos de escolarización (con un límite de 1.000 euros por descendiente) para los padres de niños de cero a tres años matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil en escuelas privadas; o la deducción del 20% con un máximo de 400 euros por hogar (un 30% con un máximo de 500 euros en caso de familias numerosas) para cubrir parte del gasto de cotización a la Seguridad Social en la contratación de cuidadores de menores de hasta tres años.

Asimismo, los expertos fiscales de la sociedad destacan otras novedades en el IRPF que afectan a las deducciones por alquiler para jóvenes. Sobre este particular, comunican que se ha ampliado la deducción por arrendamiento de vivienda habitual, del 20% al 30% de la renta y de 840 a 1.000 euros en su cuantía máxima, al tiempo que también se ha ampliado el rango de beneficiarios, de 35 hasta 40 años, siempre que estos contribuyentes hayan estado en situación de desempleo (al menos 83 días del año fiscal) y, además, soporten cargas familiares. De igual forma, desde CofmS31 se avisa de que no se aplicará la deducción a aquellas personas que, a pesar de tener una base imponible inferior a 25.620 euros, tienen una renta familiar superior a los 60.000 euros.

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