Asefarma valora de forma positiva la nueva normativa sobre venta online de medicamentos no sujetos a prescripción médica

«La publicación del Real Decreto 870/2013, el pasado 9 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica abre un nuevo canal de venta y mantiene la garantía que ofrece la farmacia comunitaria».

Asefarma valora de forma positiva la nueva normativa sobre venta online de medicamentos no sujetos a prescripción médica
Asefarma valora de forma positiva la nueva normativa sobre venta online de medicamentos no sujetos a prescripción médica

Son palabras de Carlos García-Mauriño, presidente ejecutivo de Asefarma, quien considera que esta nueva normativa permitirá que cualquier farmacia abierta al público, legalmente autorizada, pueda solicitar una autorización las autoridades competentes de su comunidad autónoma, aportando una serie de información básica (nombre del titular, fecha de inicio de actividad, dirección de la web e información sobre los procesos de envío). Así, podrá comenzar a vender medicamentos que no precisan receta médica a través de Internet. Eso sí, puntualiza García-Mauriño, «hará falta una inversión en soporte web y plataforma de venta online, así como un control riguroso de los requisitos legales».
Según la memoria económica que acompañaba a esta normativa, se preveía que solo el 25% de las farmacias españolas se darían de alta. Pero en cualquier caso se ofrece un nuevo canal de venta con garantías, lo cual resulta beneficioso para todos.
Desde Asefarma se advierte que antes de que pueda implantarse, la Consejería respectiva en cada comunidad autónoma deberá articular el procedimiento y los requisitos concretos, conjugando la venta online prevista con las actuales prohibiciones de publicidad que tiene la oficina de farmacia en España.

Más información: www.asefarma.com

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