Desde inicios del actual año 2015 las autoridades fiscales nos van anunciando una «última pata pendiente» de la más que esperada reforma fiscal. Los principales impuestos directos e indirectos de nuestro sistema tributario han sido tamizados desde enero, dibujándonos una nueva hoja de ruta fiscal para la oficina de farmacia.
La dermatitis o eccema es una inflamación de las capas superficiales de la piel que puede cursar con la aparición de diferentes síntomas, como enrojecimiento, inflamación, sequedad, descamación, ampollas y picor, entre otros. No tiene una causa única y puede desencadenarse por factores internos y externos. Según la causa principal, las dermatitis más comunes se clasifican en: dermatitis atópica, dermatitis seborreica, dermatitis de contacto y dermatitis del pañal.
En numerosas ocasiones, la aprobación de una ley fiscal se completa mediante la publicación posterior de un reglamento que desarrolle su funcionamiento práctico.
La transmisión de la oficina de farmacia, tanto en su vertiente lucrativa (donación/sucesión) como en la onerosa (compraventa), encuentra uno de sus principales escollos al entrar en la negociación el tema del local donde se desarrollara la actividad de farmacia.
A menudo recibimos en la farmacia consultas de pacientes o prescripciones para personas que sufren un determinado problema dermatológico más o menos crónico. La piel de estas personas suele requerir, además del tratamiento farmacológico que haya prescrito el dermatólogo, cuidados especiales en la higiene diaria, ya sea para complementar el tratamiento o para prevenir recurrencias del trastorno. Muchas veces el paciente no conoce su problema o no le da la suficiente importancia. Éste es el caso, por ejemplo, de los niños y las personas con piel atópica.