El Tribunal Superior de Justicia de Madrid falla a favor de FEFE en relación con el RDL 8/2010

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia sobre el procedimiento que están siguiendo Farmaindustria, Fedifar y el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos para aplicar el descuento del 7,5% –derivado de la aplicación del RDL 8/2010– sobre el precio de los medicamentos bajo patente dispensados con cargo a la prestación farmacéutica del SNS.

El TSJM entiende que las Cartas de Instrucción –que el director general de Farmacia del Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad (MSSI) envió a las instituciones anteriormente citadas fijando los criterios y procedimientos a seguir para que se aplicara la deducción del 7,5%– «tienen un evidente carácter normativo, desarrollan la Ley y tienen un cariz reglamentario», por lo que el MSSI debería haber admitido el Recurso de Alzada interpuesto en FEFE.

Este fallo especifica que dado que «no es posible conocer la adecuación o no a derecho de las instrucciones para decidir el procedimiento a seguir para la aplicación de los descuentos previstos» en los RDL sometidos a estudio ordena «la retroacción de este recurso» para que la Administración dicte una nueva resolución conforme a derecho.

El presidente de FEFE, Fernando Redondo, valora positivamente esta sentencia y considera que «este fallo reconoce que los farmacéuticos españoles han sido gravemente perjudicados y puede suponer un apoyo de gran importancia en el proceso actual de generalización de dobles precios de los medicamentos, ya que el procedimiento de aplicación debería regularse por el Ministerio de Sanidad con todas las garantías de transparencia y publicidad», explica.

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