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Sociedades profesionales y farmacia

Agustín López-Santiago y Cristóbal López de la Manzanara expresan sus opiniones sobre las sociedades profesionales en el ámbito de la farmacia.

© Unsplash
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A LOPEZ-SANTIAGOColisión de visiones e intereses
Agustín López-Santiago
Director general del Gabinete López-Santiago

La propuesta de la Administración por la que se podría permitir establecer sociedades profesionales en farmacia ha caído como una bomba en el sector, que se interpretó como un ataque a nuestro modelo tradicional de farmacia. De prosperar este proyecto legislativo, se contribuiría a sanear el sector, dada la descapitalización que sufre por los impagos, reducción de márgenes, banalización de precios, fiscalidad asfixiante y el desplome del consumo privado. Surgirían nuevos formatos de farmacias, con imagen de marca común, que se beneficiarían de sinergias en logística, comunicación, tecnología o finanzas, lo que permitiría una reducción de costes y precios.
Parece que debería ir acompañada de una relajación de la Ley del Medicamento, ya que supone un corsé que limita los servicios asistenciales que ofrecen hoy las farmacias. Hay una grave colisión de visiones e intereses. Modificar esta Ley sería modificar el ADN de la farmacia, tal como la conocemos, aunque también habría algún beneficio. El análisis por colectivos de interés sería el siguiente:
- Pacientes: la inyección de liquidez dotaría a la farmacia de mejores instalaciones, más formación y la posibilidad de ofrecer más servicios. Los auxiliares no tendrían un papel tan activo en el acto de dispensación.
- Sistema Nacional de Salud: podrían retrasar pagos sin asfixiar a las farmacias. Las nuevas estructuras societarias gozarían de mayor músculo financiero.
- Farmacéuticos titulares: se eliminarían las «barreras de salida». Hoy muchos desean jubilarse y no encuentran comprador para su farmacia.
- Farmacéuticos de marcada vocación asistencial: hoy, para ejercer la profesión se exige ser empresario, ya que la titularidad lleva aparejada propiedad obligatoriamente.
- Farmacéuticos adjuntos: mayor posibilidad de ascensos y diseño de una carrera en las nuevas estructuras empresariales.
- Herederos no farmacéuticos y cónyuges supérstites: se evitaría buscar mecanismos de compensación no siempre transparentes.
- Inversores no farmacéuticos: se legalizarían situaciones pasadas, contratos en cuentas de participación, fiducias y préstamos participativos, nunca pacíficos.
- Bancos: podrán tutelar la gestión en el periodo del instituto preconcursal. Los administradores concursales no «descuartizarían» más farmacias para perjuicio de bancos y mayoristas.
- Mayoristas: podrán cobrar sus deudas participando en la propiedad de la farmacia deudora, tutelando su gestión y garantizando su viabilidad.
- Cadenas: nos gusten o no, son operadores legítimos. No las podremos vetar eternamente.

Un tema clave: si el Estado paga las recetas directamente a las sociedades, los ingresos de colegios y CGCOF se limitarían a la pírrica cuota que abonaría el farmacéutico (ahora director técnico de la farmacia), por lo que deberán aligerar tremendamente su estructura.
La profesión se cerró en banda a esta propuesta. Sólo el presidente del principal mayorista del país defendió con valentía la entrada de capital no farmacéutico en la propiedad de las farmacias.
Los poderes públicos persiguen el óptimo social por encima de los intereses corporativos y el tradicional corolario «evitar que intereses mercantiles se interpongan en el acto de dispensación» es difícilmente defendible con nuestro sistema de remuneración ligado exclusivamente al precio del medicamento.
Al Ministro de Sanidad italiano Renato Balduzzi se le deslizó una frase lapidaria: «La disyuntiva es abonar un margen del 28% a farmacéuticos y que dispensen auxiliares; o un 18% a empresarios, y que dispensen farmacéuticos». Inquietante.

C LOPEZ DE LA MANZANARAImaginación para capitalizar la farmacia
Cristóbal López de la Manzanara Cano
Secretario General de ADEFARMA y de FENOFAR

Si las empresas crecieron con el boom económico, la farmacia no, debido fundamentalmente a cuatro factores: la contención del gasto farmacéutico, la implantación de una política de genéricos, el traslado del consumo de productos parafarmacéuticos habituales en la oficina de farmacia a otros canales, así como la desviación de medicamentos.
Con todo, ahora parece como si la utilización por la oficina de farmacia de la Ley de Sociedades Profesionales fuera la única salida a la comprometida situación en la que se encuentra como empresa.
La entrada de capital foráneo en la oficina de farmacia no se presenta como muy operativa, tal como contempla la Ley, más que nada porque, posiblemente, en pocas circunstancias alguien en su sano juicio va a arriesgar su capital invirtiendo en una microempresa con escasa capacidad de participar en la toma de decisiones afectas a la actividad.
No debemos dejar de reconocer, por lo menos los que estamos en el sector, que a los únicos que les puede interesar activar esta participación es a determinados grupos logísticos, de capital farmacéutico o no, que puedan utilizar las farmacias para implantar como marca propia un determinado formato, sobre todo en las grandes ciudades.
Experiencias de dudosa legalidad las ha habido con catastróficas consecuencias, y si ahora el capital que puede llegar a la farmacia, vía societaria, es minoritario, se corre el peligro de que se intenten experimentar otros modelos de farmacia que no obedezcan a fines sanitarios, sino a intereses puramente economicistas.
Existe un régimen jurídico que viene funcionando eficazmente hace ya bastante tiempo para capitalizar la farmacia, desde el respeto a las estructuras actuales, que no es otro que la comunidad de bienes. Una manera de dimensionar económicamente la farmacia potenciando el papel sanitario, donde los farmacéuticos son a la vez titulares y propietarios. Así, pueden realizar una gestión sanitaria y empresarial mucho más eficiente al abrirse la posibilidad de un mayor grado de especialización y mayor capacidad, dos factores en los que la oficina de farmacia debería mejorar, pues la mayoría de los regímenes en copropiedad tienen otros fines muy distintos, obedientes a salvaguardar los vaivenes de la realidad familiar.
Una evolución de este modelo requiere un cambio de mentalidad en el farmacéutico de base, proceso que ya viene calando en las nuevas generaciones que tienen más asumido el trabajo en equipo, derivado de un mayor grado de preparación y de exigencia.
Desde esta perspectiva, que cada uno habrá de saber desarrollar en su momento, puede que al final lleguemos, los farmacéuticos, a conseguir las vías de modernización y capitalización suficientes para evitar que nadie fiscalice, con intereses espurios, nuestra labor profesional.
Lo que está claro es que el ámbito societario en el que la oficina de farmacia se desenvuelve necesita inequívocamente no sólo de una reflexión colectiva de sus posibilidades, sino también de una equiparación en cuanto a las ventajas que ofrecen otras formas.
Las circunstancias de cada cual son las que son y las decisiones responsables se toman en función de los intereses particulares que nos afectan, pero tampoco vendría mal que las instituciones representativas procurasen una coyuntura en la que el farmacéutico propietario viera algunos de los beneficios de los que ya otros disfrutan, sea por medio, supuestamente, de las sociedades profesionales, sea de otra forma.

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